El presidente Javier Milei, el domingo a la noche, en la entrevista con LN+ en la que dijo que no vetará el PresupuestoEl presidente Javier Milei, el domingo a la noche, en la entrevista con LN+ en la que dijo que no vetará el Presupuesto

Déficit cero y reasignación de partidas presupuestarias: cuáles son los límites legales del plan de Javier Milei

2025/12/23 03:23

La oposición en Diputados le amputó un capítulo clave al Presupuesto impulsado por Javier Milei y frustró uno de los objetivos centrales del oficialismo. El Presidente aspiraba a derogar dos leyes que, según sostiene, rompen el equilibrio fiscal: el financiamiento de los servicios de discapacidad y el presupuesto universitario. Aun así, anticipó que no vetará el texto que surja del Congreso, cuya palabra final ahora la tiene el Senado.

Milei, sin embargo, dejó abierta una puerta: la posibilidad de hacer ajustes posteriores en las partidas para garantizar el déficit cero, aun sin recurrir al veto presidencial.

“Yo no voy a vetar la ley de presupuesto. Lo que sí vamos a hacer es acomodar las partidas para cumplir con el déficit cero, que es la política más importante”, afirmó durante una entrevista en LN+. Y reforzó la idea con una frase que encendió la discusión jurídica: “Si no lo consigo por un lado, lo consigo por el otro. Todo sin subir impuestos”.

A partir de esas declaraciones se reavivó un debate de fondo: ¿hasta dónde puede llegar el Poder Ejecutivo, a través del jefe de Gabinete, para reestructurar el gasto una vez que el Presupuesto ya fue sancionado? El eje de la discusión es el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera, que habilita al jefe de Gabinete a realizar “reestructuraciones presupuestarias” dentro del Presupuesto aprobado, mediante decisiones administrativas.

El presisdente Javier Milei junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni

Para algunos especialistas, se trata de una facultad amplia -conocida popularmente como “superpoderes”- que forma parte del andamiaje normativo argentino desde hace más de dos décadas. Para otros, aunque la norma está vigente, resulta incompatible con el principio constitucional que asigna al Congreso la potestad central sobre el gasto público.

Gustavo Arballo, profesor de Derecho de la Universidad Nacional de La Pampa, explicó que la posibilidad de reasignar partidas existe y tiene un recorrido histórico preciso: surgió en la crisis de 2001, se formalizó en 2006 y fue parcialmente acotada en 2017, siempre dentro del artículo 37 de la ley 24.156. Sin embargo, aclaró que no se trata de una potestad irrestricta. “Hay un doble límite: uno global y otro por finalidad”, señaló. En términos generales, la reasignación no puede superar el 5% del total del Presupuesto y, además, existe un tope del 15% dentro de cada finalidad específica. Esto implica que el Poder Ejecutivo no puede desfinanciar un área para reforzar otra, sino moverse dentro de márgenes acotados. “No son superpoderes en sentido estricto, pero sí atribuciones importantes, sobre todo en contextos inflacionarios que distorsionan las previsiones originales”, resumió.

“Inconstitucional”

Más crítico es Pablo Manili, abogado constitucionalista, quien consideró que el artículo 37, aunque vigente, es “sin dudas inconstitucional”. A su juicio, la norma le otorga al jefe de Gabinete una facultad para modificar partidas sin un control efectivo del Congreso. “Nadie lo cuestiona porque todos los gobiernos usan esta competencia”, advirtió, pero subrayó que eso no la vuelve compatible con el diseño republicano de división de poderes.

Manifestantes rechazaron el veto presidencial a la emergencia en discapacidad en las puertas del Congreso

Pedro Caminos, abogado y docente de Derecho Constitucional de la Universidad de Buenos Aires, reconoció que la práctica es legal en la medida en que el jefe de Gabinete se mantenga dentro de los límites cuantitativos fijados por la ley. No obstante, puso el foco en el impacto institucional: aun cuando esté habilitada, la reasignación de partidas “desarticula la lógica del presupuesto”, cuyo sentido es que sea el Congreso el que defina cómo se asigna el gasto público y que el Poder Ejecutivo ejecute ese plan. En casos como universidades o discapacidad, agregó, existieron leyes específicas que autorizaron readecuaciones, pero eso no elimina el problema de fondo. “Son prácticas poco republicanas”, concluyó.

Sebastián Guidi, doctor en Derecho y especialista en derecho constitucional, introdujo un matiz adicional al debate. Señaló que, aun con las facultades que confiere la ley de administración financiera, “hay cosas que de todos modos no puede hacer”. Entre ellas, subrayó que el Presupuesto no puede ser modificado por decreto de necesidad y urgencia (DNU). Además, advirtió que una reasignación de partidas no puede implicar el incumplimiento de leyes especiales que fijan pisos mínimos de gasto, como las vinculadas a la emergencia en discapacidad o al financiamiento universitario.

Las declaraciones de Milei volvieron a poner en escena una discusión que tiene sus raíces en la crisis de 2001, cuando el sistema de administración financiera incorporó herramientas excepcionales para un contexto de emergencia. La ley vigente habilita ajustes, pero los juristas coinciden en que no se trata de un cheque en blanco: los límites existen, aunque la interpretación de su alcance tensiona el reparto de poder entre el Congreso y el Poder Ejecutivo.

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